martes, 4 de abril de 2017

El Gobierno de la Ciudad CERRÓ inscripciones de ADOPTANTES.

GRAN PREOCUPACIÓN por el CIERRE de inscripciones de Aspirantes con Fines ADOPTIVOS en CABA.

En el último Plenario del CDNNyA (martes 28/03), tuvimos la confirmación por parte de la Dra. Adriana Martinez Bedini, Vicepresidenta del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de (CDNNyA) de CABA; del virtual CIERRE transitorio de las inscripciones al RUAGA, el "Registro Único de Aspirantes a Guardas con fines Adoptivos", debido a modificaciones en los procedimientos de inscripción y evaluación que la Dirección Ejecutiva del CDNNyA ha decidido de forma intempestiva e inconsulta.

Si bien se había solicitado el tratamiento del tema, para tener la información completa de las modificaciones que el CDNNyA ya está llevando adelante en el RUAGA; fue imposible escuchar a la funcionaria a cargo, por falta de tiempo y gracias a las dilaciones advertidas de Martinez Bedini con algunos temas de menor relevancia. Trasncurridas las horas de desarrollo del Plenario, fue imposible escuchar a la funcionaria a cargo del área, Magdalena Orlando, por falta de tiempo, llegando al final de esa reunión Plenaria sin la información requerida. (a pesar de las reiteradas solicitudes en el trasncurso de la reunión a Martinez Bedini para abordar este tema).

Cabe precisar que la Dirección Ejecutiva del CDNNyA decidió a finales del año 2016, clausurar el otorgamiento de turnos para los Talleres obligatorios que se desprenden de la RESOLUCIÓN N.º 150/CDNNYA/14, habiéndose dictado el último Taller -previsto en la citada Resolución- el 25 de Enero de 2017. Desde el mes de ENERO 2017 está CERRADA (de hecho) la inscripción al RUAGA, por cualquier vía, al no haberse registrado NI una nueva inscripción a la fecha.

"Print de pantalla" web del RUAGA

Es necesario subrayar que el Plenario del CDNNyA en todo este tiempo, ni fue informado, menos consultado, ni se le remitieron informes o documentación alguna de los procesos y modificaciones concebidas por la Gestión de este Consejo.

Tampoco conocemos ni ha sido publicado en Boletín Oficial, una Resolución que especifique las modificaciones de rigor o la derogación de la RESOLUCIÓN N.º 150/CDNNYA/14, de plena vigencia a la fecha. Esto reviste una gran preocupación y advertimos que en la actualidad, dado de lo que se desprende del propio sitio web del RUAGA en el Portal del CDNNyA y del GCABA; las indicaciones y especificaciones de las nuevas modalidades de "futuras" inscripciones, NO responden a lo que establece la RESOLUCIÓN citada.

En el Portal del RUAGA se dan a conocer algunas nuevas procesos que los/las aspirantes a guardas con fines adoptivos deberan AHORA tener en cuenta. Se ponen a disposición tres documentos con especificaciones, a saber:

¿Cuáles son los pasos para la inscripción?

  1. Documentación obligatoria para la inscripción al RUAGA
  2. Encuentros Informativos Obligatorios
  3. Trámites a Distancia

Del análisis de los NUEVOS instructivos dispuestos por el RUAGA, una primera GRAVE cuestión que merece nuestra atención, es la REDUCCIÓN de "Encuentros Informativos Obligatorios" -que antes se desarrollaban mensualmente, y ya ELIMINADOS desde Enero 2017-, como primera instancia del proceso de inscripción. Según se desprende del Documento respectivo, Por AHORA SOLO están previstos TRES fechas posibles en el PRIMER SEMESTRE 2017 (entre el 25/04 al 10/05), anunciando a su vez que quedan en suspenso la existencia de nuevos "turnos":

"Más adelante se informará sobre otras fechas, para la segunda mitad del año"

Con lo cual ya se verifica una DRÁSTICA REDUCCIÓN de las instancias iniciales del proceso de inscripción y evaluación del RUAGA. Cuestión que naturalmente genera incertidumbre y desconcierto en quienes tengan intensión de inscribirse en el Registro. Quien no conozca de las fechas acotadas, definidas por las Autoridades del CDNNyA, no sabrá cuándo podrá iniciar su tramite de inscripción en lo que resta del año 2017.

Pero no alcanzando con esto, en la "invención" innecesaria de barreras a la accesibilidad que debiera siempre evitar el Estado; se suma el NUEVO MECANISMO de INSCRIPCIÓN y entrega de DOCUMENTACIÓN; que hasta el CIERRE en Enero 2017, se realizaba en las propias oficinas del RUAGA (B. Mitre 648, 8° Piso ), atendido y recepcionado por Profesionales del equipo del Registro. 

"Print de pantalla" de la AGIP para "Clave Ciudad"
Del instructivo "Trámites a Distancia" se desprende que AHORA el/la Aspirante a Guarda deberá hacer TODO el trámite vía "on line", desde la Plataforma "Tramitación a Distancia (TAD)", la cual NO TIENE CONTEMPLADO la inscripción al RUAGA (tal como que se puede verificar en la actualidad, ver "print de pantalla" o acceder a la web). No contentos con eso, una NUEVA BARRERA para avanzar en el trámite de inscripción al RUAGA, es que el/la Aspirante debe contar con una "CLAVE CIUDAD"; la cual debe gestionarse por internet en el Portal muy atinente a la temática que nos ocupa, la de la AGIP (Administración Gubernamental de Ingresos Públicos) -o también por Cajeros Automáticos-.


"Print de pantalla" de RENTAS CIUDAD
para "Clave Ciudad"
Instancia en la cual TAMPOCO tiene contemplado el trámite del RUAGA, a pesar de lo pretendidamente indicado en el instructivo "Trámite de Inscripción al RUAGA vía TAD". No obstante eso, una vez que se lograre obtener la CLAVE CIUDAD, el/la Aspirante a Guarda con Fines Adoptivos, deberá ingresar al sitio web (que como "corresponde al tema", es el de RENTAS CIUDAD) con los datos obtenidos. Una vez ingresados, no crean que "desaparecen" las "barreras"...., siempre se puede complejizar un poquito más.

"Print de pantalla" de RENTAS CIUDAD
para "TAD"
Una vez ingresado a dicho sitio web, y de la misma manera que se podría "regularizar" situaciones impositivas con el Estado de la CABA, en el mismo "combo" se debería poder FINALMENTE iniciar el trámite de inscripción al RUAGA, cual "pago de ABL".

Pero lamentablemente, una NUEVA BARREARA deberá superarse; la de que el SISTEMA FUNCIONE y que efectivamente pueda acceder a la sección correspondiente para completar todos los datos requeridos en el instructivo "Documentación obligatoria para la inscripción al RUAGA", y adjuntar TODA la documentación que previamente se debió ESCANEAR DIGITALMENTE (lo que anteriormente era entregar en la sede del Registro, simples fotocopias)

"Print de pantalla" de ERROR en web de
RENTAS CIUDAD para "TAD"
Pero actualmente, a la fecha, esa opción es IMPOSIBLE (habiendo tratado desde diferentes equipos, usando diferentes navegadores -Chrome, Mozilla o IExplorer-). Por lo que, a pesar de lo informado desde la web del CDNNyA respecto a la tramitación de la NUEVA modalidad de inscripción al RUAGA, la realidad CONFIRMA que POR AHORA PERMANECE CERRADA LA INSCRIPCIÓN AL RUAGA.





En definitiva, un proceso de inscripción que se venía desarrollando con normalidad y fluidez, tanto para los equipos del RUAGA como para los/las Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos; hoy se ha transformado en un auténtico CALVARIO, lo que transforma el procedimiento implementado por las actuales Autoridades del CDNNyA en NADA AMIGABLE a la hora de dar inicio a lo que debería culminar con la selección de una FAMILIA para un niño/a en estado de adoptabilidad. Con lo que ello supone tanto para el sistema en general de adopciones, como para lxs niñxs que se encuentran en dicha situación.


Capítulo aparte debe ocuparnos sobre lo poco sabido hasta ahora por lxs integrantes del Plenario del CDNNyA respecto al proceso evaluatorio que se prentende llevar adelante, según las modificaciones que fueran anunciadas por la Dirección Ejecutiva del Consejo en reuniones con trabajadorxs del Organismo.

Según lo allí informado, de ahora en más se pretende que las evaluaciones de Aspirantes se desarrolle a través del TEST CUIDA (de origen español, del que desconocemos el monto abonado), y del cual no conocemos aún con qué VALIDACIÓN cuenta en Argentina, ni quién o qué institución ha otorgado el reconocimiento como tal de dicha herramienta.

Finalmente, y en relación a esta etapa del proceso, genera mucha preocupación lo anunciado por la Gestión del CDNNyA que de ahora en más, los equipos a cargo de las EVALUACIONES estará a cargo de áreas del Ministerio de Salud. Lo que contradice la Normativa vigente (la ya citada RESOLUCIÓN N.º 150/CDNNYA/14), en la cual se especifica que:

TÍTULO I.- DE LAS FUNCIONES DEL RUAGA y PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN
1.- Es función del RUAGA confeccionar una nómina de aspirantes a guarda con fines adoptivos. A tales efectos deberá:
e) Realizar, a través de su Equipo Técnico, los informes psico-sociales de acuerdo a los protocolos internos de evaluación en vigencia que se encuentran en el Anexo II de la presente resolución. Los informes mencionados son para uso exclusivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Registros adheridos a la Ley Nacional N° 25.854, quienes podrán solicitarlo mediante Oficio Judicial o bien vía exhorto.


Exhortamos a las Dirección Ejecutiva del CDNNyA (CABA), a que a la mayor brevedad, brinde a los integrantes del Plenario del Consejo de Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de toda la documentación, informes, Resoluciones emitidas, como evaluaciones internas sobre la factibilidad de las modificaciones emprendidas; dado que por expresa directiva que se desprende de la Ley 114 (CABA) que da marco al Organismo, esta define que son sus Funciones entre otras:

Artículo 54.- Funciones
r. organizar y dirigir el Registro Único de Aspirantes a la Adopción creado por la Ley 24.779


Jose Machain
Consejero por Legislatura
CDNNyA - CABA